lunes, 16 de mayo de 2016

El wesak en la ONU

En la 79ª sesión plenaria de la Asamblea de las Naciones Unidas, celebrada el 15 de diciembre de 1999, se decidió que se realizaran los arreglos pertinentes para la observancia internacional del Día de Vesak o Wesak en la Sede de las Naciones Unidas y otras oficinas de las Naciones Unidas, en reconocimiento de que el día del plenilunio del mes de mayo de cada año es el día más sagrado para los budistas, que conmemoran en esa fecha el nacimiento de Buda, su iluminación y su desencarnación. Esta decisión constituye, según la Asamblea, un homenaje a la contribución que el budismo, una de las religiones más antiguas del mundo, ha aportado durante más de dos milenios y medio y continúa aportando a la espiritualidad de la humanidad. Así, cada 20 de mayo, se dedica a recordar y reconocer el valor de las enseñanzas que Siddharta Gautama, el Buda, aportó a la humanidad.
Este reconocimiento es merecido por muchas razones. No existe religión en el mundo que pueda decir que no ha provocado derramamiento de sangre ni persecuciones, excepto el budismo. Es más, grandes gobernantes abandonaron la lucha y la violencia tras aceptar el budismo como religión personal, como fue el caso de Asoka. Tras 2.500 años de existencia, todavía hoy continúa siendo una vía de realización mística para millones de personas en el mundo. Además de poseer una faceta religiosa, presenta características filosóficas, ofreciendo una posibilidad de comprensión del sentido de la vida y una manera de vivir en base a las propias convicciones éticas. Por otro lado, el arte sacro budista, es un tesoro que engrandece el patrimonio de la humanidad; la fabulosa escultura del Buda de Kamakura, representando al Amida Buda, es uno de los miles de ejemplos.
Sin embargo, las tradiciones espirituales, los valores éticos y las ideas filosóficas del Budismo siguen siendo grandes desconocidas en Occidente. Por ejemplo, en las facultades de filosofía de España no se enseña la filosofía del Buda, como parte del programa oficial de estudios/créditos. Otro ejemplo, es el desconocimiento casi absoluto del Wesak, tan importante en el budismo como la ascensión de Jesús en el cristianismo (también tiene lugar su celebración en el mes de mayo).
La palabra “Wesak” o “Waisakh” en sánscrito corresponde con el mes de mayo o, mejor dicho, a la luna llena de Tauro en la que, según la tradición, se dieron los principales eventos de la vida de Gautama Buddha: el nacimiento, la iluminación y la muerte o desencarnación. Por esta razón el plenilunio de mayo viene siendo considerado un día particularmente solemne, celebrado por los budistas de todas las escuelas. Se cree que durante ese día, las influencias espirituales o divinas del Buda descienden benéficamente sobre el mundo, activando positivamente las conciencias a favor del amor, la fraternidad y la unión de todos los seres humanos. De la misma forma, Jesús el Cristo, ascendió a los cielos tras anunciarles a sus discípulos que les enviaría el Espíritu Santo. Y la celebración de la Ascensión en el cristianismo mantiene ese mismo mensaje.
Lógicamente, si una persona no cree en ello y no dirige siquiera un pensamiento a esa influencia poco le aprovechará, tal como el sol de la mañana no puede beneficiar a quien no ha abierto todavía las persianas de su cuarto. Por el contrario, aquel que dedica unos minutos a recordar el valor de ese día, recibirá una ráfaga de satisfacción interior. Las ceremonias y celebraciones que tienen lugar en el ámbito budista y, cada vez más, en otros foros, tienen como finalidad recoger de manera más consciente el mensaje interior del Nacido del Loto.
Aunque parezca lo contrario, las diferentes religiones del mundo mantienen unos estrechos lazos de familiaridad. Recordemos que el viaje nocturno a Jerusalén y la ascensión hasta el séptimo cielo de Mahoma se celebra como un hecho extraordinario en el Islam y, si bien no coincide con la muerte del Profeta, es un viaje de ida y vuelta del mensaje de Alá, como en el wesak budista y la ascensión cristiana. Los puntos de unión y coincidencia entre las religiones son mucho más numerosos que las divergencias. Un mismo espíritu las anima, un espíritu de bondad y amor vertebrado en la divinidad.

Por eso, la decisión de la ONU es un paso más hacia la concordia porque facilita un poco más el conocimiento de las diferentes religiones y el encuentro de todos los seres humanos en torno a un ideal de fraternidad.

miércoles, 4 de mayo de 2016

Urnas vacías

“Hijo, si algo no sirve tíralo a la basura, ¡pero que no se entere tu madre!”. Tengo la gran fortuna de haber aprendido de mis padres verdaderas lecciones de vida. Ellos no pudieron ir a la escuela porque su infancia transcurrió durante la post-guerra. Sus recuerdos no son de un patio pero sí de Sevilla. No eran aficionados a la lectura de los clásicos ni de los modernos, porque con lo de todos los días ya tenían bastante. Trabajar, cuidar del hogar, cultivar cuatro habas y unos tomates, sacar adelante a la familia, fueron sus libros de lectura obligada en la gran biblioteca de la vida. No sé si aprendieron mucho o poco de la vida, pero lo que aprendieron tenía el brillo refulgente de lo sensato. Y ellos nos inculcaron a todos los hermanos prudencia, honestidad, disciplina y veracidad.
En cierta ocasión en que le mostré a mi padre la pata de una mesa que ya no teníamos y que había encontrado en el trastero, me dijo lo que he escrito al inicio de este artículo. Aprendí muchas cosas de lo que me dijo y sigo aprendiendo cada vez que me paro a reflexionar sobre ello. Por ejemplo, los seres humanos tendemos a ser conservadores o progresistas, unos miran hacia el pasado con nostalgia y no quieren deshacerse de él y otros miran con esperanza hacia el mañana deseando liberarse de los pesos inútiles del ayer. Mi madre, ¡válgame dios!, era conservadora, no quería que tirásemos nada porque, como decía siempre, no se sabe si lo necesitaremos. Y así veíamos con estupefacción como en casa se acumulaban materiales, ropas, enseres, cacharros y abalorios, sin más utilidad que servir de tranquilizante para mi madre.
 A nivel político, ¡válgame el señor!, somos tremendamente conservadores, incluso más que mi bendita madre, porque sabemos a ciencia cierta que los políticos actuales ya no sirven y sin embargo, les votamos y les mantenemos en el poder para tranquilizarnos ante un incierto futuro que no sabemos cómo será. ¿Por qué afirmo tajantemente que los políticos ya no sirven? Los argumentos son muchos y variados. Citaré unos pocos para no cansar a vuecencia. A día de hoy siguen sin solucionarse problemas graves como las listas de espera en los hospitales públicos, la lentitud e inoperancia de la administración de justicia por la falta de medios, la insuficiencia de colegios y universidades para dar cabida a todos los niños y jóvenes que deben/quieren estudiar, le reforma de la ley electoral que es tremendamente injusta, etc. Estos temas los venimos arrastrando desde que comenzamos la democracia en España. Esto significa que los gobernantes y demás políticos no han sido capaces de solucionarlos tras más de 40 años. Si un auditor hiciera un profundo análisis de la situación de la “empresa” en la que estamos todos contratados, nos informaría que los representantes que hemos ido eligiendo para solucionar todos nuestros problemas no son útiles, no sirven. Mas, ahí no acaba la cosa…
Si no teníamos bastante con el triste espectáculo de la corrupción política y la falta de responsabilidad mostrada en los años de la crisis al no haberse rebajado el sueldo, renunciado a dietas y demás prebendas –hay que decir en honor de la verdad que algunos parlamentos y ayuntamientos rebajaron el sueldo un 1% y otros no se aplicaron ninguna subida salarial-, mientras una gran mayoría de ciudadanos debíamos tragar amargo y escupir dulce, ahora se le añade la incapacidad para ponerse de acuerdo y formar gobierno, arrastrando al país a otras elecciones. Las elecciones generan gasto público, es decir, se sufragan en gran parte con los impuesto que pagamos todos. Repetir en estos momentos unas elecciones es una tremenda irresponsabilidad. La UE ha anunciado que va a multar a España por haber sobrepasado y sobrepasar a corto plazo el déficit público máximo fijado. Es verdad que el gasto público, cuando se aplica a inversiones, puede ayudar a rebajar el déficit, pero en nuestro país los responsables de la economía nunca han sabido hacerlo de este modo.
Ante tal coyuntura, ¿qué hacer? Pienso sinceramente que no deberíamos votar a los políticos en las próximas elecciones. Creo necesario aplicar un castigo corrector ejemplar y no acudir a las urnas. Es el único medio que tenemos los ciudadanos para decirles de manera inequívoca que estamos hartos de su inoperancia, de su lentitud de reflejos, de sus favoritismos, de su partidismo ciego y de dejar al ciudadano en la cuneta demasiadas veces –léase afectados talidomida. El voto es un derecho político fundamental. Podemos usarlo como creamos más conveniente. Podemos ejercer una especie de objeción de conciencia y usar de nuestro derecho no acudiendo a depositar papeleta alguna. ¿Qué ocurriría si la abstención alcanzara el 80%? No lo sabemos porque nunca nos hemos encontrado ante tal circunstancia. Lo único que sé es que los políticos se llevarían un buen varapalo, una clara advertencia, un ERE justificado.
Sí, lo que no sirve mejor tirarlo a la basura, sobre todo cuando hasta el reciclaje es inútil. ¡Qué razón tenía mi padre!

martes, 22 de marzo de 2016

¡ERDOGAN TENEMOS UN PROBLEMA!


Desde este domingo día 20 de marzo las puertas de Europa están cerradas a los refugiados. Los jefes de Estado y de Gobierno de la UE firmaron el viernes en Bruselas un acuerdo por el que Turquía se compromete a aceptar la devolución sistemática de prácticamente todos los "migrantes irregulares" que lleguen a Grecia desde su costa, incluyendo a los refugiados. ¿Es legal este acuerdo? ¿Respeta la legislación internacional que protege a los refugiados?
Cuando los nacionales de un país se ven forzados a abandonar sus hogares y buscar protección en otro país, la comunidad internacional interviene para velar por que sus derechos fundamentales sean respetados. Tras la Segunda Guerra Mundial, la Asamblea General de las Naciones Unidas estableció el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). El mandato del ACNUR es proteger y buscar soluciones permanentes al problema de los refugiados. Sus actividades se fundan en un conjunto de normas e instrumentos internacionales, que incluye la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y los cuatro Convenios de Ginebra (1949) sobre el derecho internacional humanitario, así como una multitud de tratados y declaraciones internacionales y regionales que abordan específicamente las necesidades de los refugiados.
¿Quién es un refugiado? De conformidad con la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, un refugiado es una persona que: a) tiene fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social, u opiniones políticas; b) se encuentra fuera del país de su nacionalidad y c) no puede o no quiere acogerse a la protección de ese país, o regresar a él a causa de dichos temores. La Convención de la OUA (Organización para la Unidad Africana) de 1969, amplía la definición de la Convención de 1951: Refugiado es toda persona que “debido a agresiones externas, ocupación, dominación extranjera u otros eventos que alteren gravemente el orden público en una parte o en la totalidad del territorio del país de su origen o nacionalidad”, se vea obligada a huir del lugar donde habitualmente reside. En 1984, un coloquio de representantes de los gobiernos de América Latina y de eminentes juristas adoptó la Declaración de Cartagena. Al igual que la Convención de la OUA, la Declaración extiende el ámbito de la definición consignada en la Convención de 1951 a las personas que han huido de sus países “porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público”.
La 78ª Conferencia de la Unión Interparlamentaria, celebrada en octubre de 1987 invitó a todos los parlamentos y gobiernos a tomar conciencia de su deber de proteger a los refugiados y dar acogida a las víctimas de la persecución política, tal como se define en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951. El Comité Ejecutivo del ACNUR reafirma que la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo de 1967 siguen siendo la base del régimen internacional de los refugiados.
Los países que han ratificado la Convención de 1951 (entre ellos todos los países que componen la UE) están obligados a proteger a los refugiados en su territorio de conformidad con sus disposiciones. La Convención consagra el derecho de un refugiado a ser protegido de un regreso forzoso, o devolución: "Ningún Estado Contratante podrá, por expulsión o devolución, poner en modo alguno a un refugiado en las fronteras de los territorios donde su vida o su libertad peligre por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social, o de sus opiniones políticas." El principio de no devolución se enuncia también en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el IV Convenio de Ginebra de 1949, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, y los Principios relativos a una eficaz prevención e investigación de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias. También en la Convención Europea de Salvaguardia de los Derechos Humanos y de la Libertades Fundamentales, en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención sobre los refugiados de la OU, y la Declaración de El Cairo sobre la protección de los refugiados y los desplazados internos en el mundo árabe. Es ampliamente reconocido que el principio de no devolución forma parte del derecho internacional consuetudinario. Esto implica que incluso los Estados que no son partes en la Convención de 1951 deben respetarlo.
El acuerdo entre la UE y Turquía, si bien en la letra respeta los derechos de los refugiados porque habla de “migrantes irregulares” y no de refugiados, en realidad atenta gravemente contra estos derechos porque las causas de la migración forzada de estas personas son las mismas que las que describe la legislación internacional sobre los refugiados. Esta estratagema se llama en Derecho fraude de ley.
En realidad nos encontramos con un acuerdo bilateral para quitarse un problema de encima. La UE se ha visto desbordada y no ha sabido ser coherente con las primeras declaraciones que realizó al principio de la crisis de los refugiados; “Si fueran ustedes, con sus hijos en brazos, los que vieran cómo el mundo se deshace, no habría muro que no fueran a subir, no habría mar que no fueran a atravesar o frontera que cruzar para huir de la guerra o del Estado Islámico. Debemos acoger a los refugiados en la UE", declaró el presidente de la Comisión Europea, Jean-Claude Juncker, ante el Parlamento Europeo en septiembre de 2015. Los mandatarios europeos han pedido a Turquía que le quite la castaña del fuego y el gobierno de Erdogan ha  aprovechado la oportunidad para sacar tajada: 6.000 millones de euros y la promesa de adherir este país a la UE. ¡Qué vergüenza que se negocie con los seres humanos! Lo que han hecho la UE y Turquía es un delito de lesa humanidad llamado trata de personas. Las decenas de miles de personas que están llegado a Grecia desde mediados de marzo y las que sigan llegando han sido vendidas por Europa a Turquía por un precio de 6.000 millones de euros.
Los ciudadanos europeos no nos merecemos esto y por eso esta tarde os convocamos a todos a concentrarnos en la Plaza de España a las 19 h para protestar por esta grave falta contra los derechos de los refugiados. Vamos a encender velas para recordar a todas las familias que arrastran su miedo y desesperanza por las carreteras de Europa. ¡No faltes, tú también haces falta!

Francisco Capacete González



domingo, 10 de enero de 2016

Enanocracia

Estas navidades ha caído en mis manos el Diario del conde Kessler en el que recoge, este gentleman prusiano, sus vivencias y recuerdos del periodo 1893-1937. Curiosamente, el manuscrito de este Diario se encontró por casualidad en Mallorca donde residió durante algunos años. Alquiló un piso en el barrio de la Bonanova junto a su fiel amigo Max Goertz, y guardó sus cuadernos de notas en la caja fuerte de un banco sin que nadie pudiera dar razón del mismo.
Este libro contiene páginas memorables, al menos para mí que amo la política y la historia. Permitidme que os aclare que cuando digo “política” no me refiero a estar en un partido o en otro, dado que el partidismo es un ínfima parte de lo político. La Política es la ciencia y el arte de la convivencia efectiva entre los seres humanos. Es una ciencia porque exige conocimiento de la naturaleza humana. Y es un arte porque su objeto somos los seres humanos, un “material” que no puede gobernarse con meras fórmulas racionales, ni mucho menos económicas.
Como os decía, este libro contiene la crónica fresca y en directo de los entresijos de la Gran Guerra, siempre desde el punto de vista del autor. Alemán por parte de padre, irlandés por parte de madre y nacido en París, Harry Kessler se forjó un espíritu cosmopolita y universal. Entre sus amigos y conocidos se encuentran personajes como Verlaine, Munch, Strauss, Wolf, Einstein, Rodin, Rilke, Mann, Nietzsche, etc. Sus notas sobre los inicios de los combates en Europa y de las negociaciones posteriores, así como su visión de la naciente Sociedad de Naciones, son propias de un gran hombre de política, con una inteligencia profunda y visión a largo plazo.
Kessler advirtió que si la Sociedad de Naciones dejaba fuera de su organización a los trabajadores y las empresas, así como a los países no alineados, si no se creaba un derecho internacional vinculante, sería un fracaso. Y no se equivocó.
Esta lectura me ha hecho recordar otras tantas figuras de la política universal. Solón, Pericles, Escipión, Lincoln, Churchill, Augusto, Ashoka, Omar, Moro, Cronwell, Jefferson y cientos más, que fueron grandes políticos. A cada uno le tocó un pueblo y unas circunstancias diferentes. Algunos fueron emperadores y otros simples consejeros, como Confucio, pero ninguno de ellos fue mediocre. Pericles, por ejemplo, logró que sus conciudadanos superaran la crisis de la derrota y de la peste. Augusto, el Princeps, fue capaz de conseguir la paz en todo el Imperio Romano en varias ocasiones. Frente a sus pensamientos y sus acciones me siento pequeño. Sanamente pequeño porque puedo reconocer cuánto me queda por aprender. Desgraciadamente no puedo decir lo mismo de los políticos actuales. Cuando escucho o leo los pensamientos de los hombres y mujeres que ejercen de políticos, cuando observo sus actitudes y me entero de sus decisiones, no veo más que a iguales. Nada puedo aprender de ellos, no porque yo sepa muchas cosas o porque tenga desarrolladas muchas cualidades, no. No puedo aprender de ellos porque, como yo mismo, no saben muchas cosas ni pueden hacer gala de cualidades especiales.
¿Qué puedo aprender de Matas, Bauzá, Barceló, Armengol, Yllanes, Verger, Huertas, Ensenyat, Font, Pastor, Colau, Mas, Carmena, Rajoy, Sánchez, Putin, Obama, Erdogan, Hollande, Merkel, Maduro, Jinping, Jong Un,…? Me pregunto: ¿cuáles son sus ideas? Me respondo “no lo sé”, pues sólo hablan de propuestas. Me pregunto: ¿qué actitudes admiro en ellos? Respondo “ninguna”, porque les preocupa más su imagen en las redes sociales que ofrecer un ejemplo de fidelidad a sí mismos, de moralidad sincera y templanza estoica, cualidades fundamentales para ser político.
Escuchar al rey Felipe y a los respectivos presidentes autonómicos en sus discursos de Navidad me ha producido tristeza. En lugar de hablar de sus pueblos –a quienes demuestran no conocer-, de sus tradiciones, de sus valores, de la fraternidad, del simbolismo del solsticio de invierno o de los riesgos de excederse con el alcohol o la carne, invierten esos minutos de atención ciudadana en seguir haciendo política partidista. Un buen político sabe que a los ciudadanos no se les puede tratar de vender un programa a todas horas, porque entonces el político deja de serlo y se convierte en un comerciante de votos.
Cuando observo que los llamados “demócratas” son incapaces de aceptar el resultado de las urnas, se me cae el alma al suelo. Si la mayoría, en números absolutos, ha elegido a un partido con un candidato para ocupar el cargo de presidente, ¿por qué no lo aceptan y eligen, a su vez, en la votación parlamentaria, a ese candidato? Otros, cuando no salen vencedores, directamente acusan al pueblo de haberse equivocado. ¡Qué enanocracia! Cuando nos enteramos del uso del dinero público en infraestructuras inservibles o de las discusiones sobre los presupuestos sin ser capaces de aprobar una parte de ellos para que no falte dinero para lo más esencial, pienso en la escasa voluntad de gobernar bien que hay en todos ellos. Los mediocres gobiernan a los mediocres y así está la política actual, llena de enanos que hablan de manera mediocre, que administran de manera mediocre y que se las dan de “única alternativa” cuando unos y otros son lo mismo: la imagen más cruda de la mediocridad.
Estas palabras son duras y no dejan títere con cabeza, podrá pensar alguno de los lectores. Pero cuando en tiempos difíciles no paran de subir los impuestos y siguen cobrando lo mismo, preguntémonos ¿quiénes son los duros de corazón?

lunes, 7 de diciembre de 2015

El delito de maltrato animal y los espectáculos taurinos

A veces las cosas son tan evidentes que pasan desapercibidas ¿A quién no le ha pasado no ver las llaves que se encontraban delante de sus narices? Algo semejante está pasando en el mundo jurídico con el delito de maltrato animal y los espectáculos taurinos. Prácticamente todos los abogados, jueces y fiscales piensan que los maltratos de toros en  fiestas legalmente autorizadas no constituyen un delito de maltrato animal tipificado en el artículo 337 del Código Penal. Y se mantiene esta creencia porque en este artículo se castiga la producción de lesiones graves o la muerte de una animal cuando es injustificada (también se castiga la explotación sexual pero no viene al caso en este artículo). Y, claro, la mayoría piensan que la fiesta de los toros es una tradición tan española, de tan arraigada costumbre, que cuando el legislador introdujo el adverbio de modo “injustificada”, estaba pensando, entre otros supuestos, en los espectáculos taurinos.
Sin embargo, esta interpretación no es la correcta porque genera graves contradicciones. La primera es que si una persona lesiona gravemente o mata a un toro de lidia fuera de una plaza, en un contexto que no sea una corrida autorizada, comete el delito del artículo 337, mientras que si realiza la misma conducta en una plaza de toros, en un espectáculo organizado con todos los requisitos que manda la ley, no lo comete. El hecho es el mismo, el resultado también, pero la consecuencias no. Pero, ¿qué es lo que cambia? Que lo primero se hace a solas y lo segundo no. Resultaría que las leyes protegen, no a los toros, sino el goce de los espectadores, pero esto no es posible. Pero, y si las lesiones o muerte del toro se realiza en una fiesta pública no autorizada, ¿se comete delito de maltrato animal? En este caso estaríamos sin duda alguna ante la comisión del delito. De modo que cuando se interpreta que las lesiones o muertes justificadas de un toro se dan en el ámbito de una corrida autorizada legalmente, en una plaza de toros que cuenta con los permisos y autorizaciones pertinentes, en el fondo lo que se está protegiendo, no es la fiesta sino el negocio, la actividad mercantil, la recaudación de la empresa taurina.
Si el legislador hubiera querido proteger la fiesta de los toros como costumbre, tradición cultural o fenómeno etnológico, lo habría incluido expresamente en el texto del artículo 337 o en alguna disposición adicional, tal y como sucede en el delito de aborto, en el que hay una serie de casos expresamente excluidos. Pero no se ha hecho así. Es verdad que el apartado 4 del artículo 337 se dice “Los que, fuera de los supuestos a que se refieren los apartados anteriores de este artículo, maltrataren cruelmente a los animales domésticos o a cualesquiera otros en espectáculos no autorizados legalmente, serán castigados con una pena de multa de uno a seis meses.” ¿Qué quiere decir? Que en espectáculos autorizados legalmente –como es el caso de los espectáculos taurinos- se puede maltratar cruelmente. Claro está, siempre y cuando no se produzcan los resultados de los apartados anteriores: lesiones que agraven la salud o muerte del animal. Producir a un toro lesiones que agraven su salud o su muerte es un delito, por muy autorizado que esté el espectáculo.
Otra contradicción. Cuando en el texto del artículo 337 se dice que las lesiones o muertes injustificadas constituyen el delito de maltrato animal, nos obliga a buscar qué lesiones o muertes de animales domésticos están justificadas. Está claro que las que tienen como finalidad la alimentación humana, es decir que los matarifes que sacrifican animales destinados al consumo humano no cometen delito (ahora no entramos en la consideración de si se debe comer o no carne animal). Está claro que las lesiones o muertes que tienen como finalidad la experimentación científica no entran dentro del tipo penal, no son delito (tampoco entro en la consideración ética de estas prácticas). Un investigador que mata y disecciona a una rata de laboratorio –animal doméstico puesto que convive habitualmente con el hombre- para encontrar una vacuna no comete delito. Y, para algunos, también se incluyen dentro de las conductas justificadas las corridas de toros.
Esta inclusión encuentra un potente obstáculo en la Constitución Española. En ella se reconoce como derecho fundamental (artículo 15) la vida y a la integridad física –se sobreentiende que alimentarse es presupuesto básico de vida-; y también se reconoce como derecho fundamental (artículo 20.1.b) la producción y creación científica y técnica. Sin embargo, no se reconocen como un derecho fundamental  los espectáculos taurinos, ni el goce que puedan producir, ni la recaudación. De modo que la alimentación y el desarrollo científico son más importantes que los espectáculos taurinos. Incluir a estos últimos entre las actividades que pueden producir maltratos justificados, es crear una norma legal que contiene una discriminación no amparada por la Constitución, puesto que se estaría protegiendo igualmente un espectáculo –que no es un derecho fundamental- que la alimentación y el desarrollo científico. Y se pretende interpretar el artículo 337 de modo que las tres actividades sean igualmente importantes. Se pretende que para el legislador sea igual de importante el espectáculo que la alimentación o la investigación científica.
Para salvar estas graves contradicciones, debe interpretarse el Código Penal de modo que la palabra “injustificadamente”, haga referencia a las actividades destinadas al consumo humano, a la producción científica y, obviamente, la defensa propia o ajena ante el ataque de un animal doméstico, es decir, a los derechos fundamentales. Esta es la interpretación más coherente con la propia Carta Magna y las Declaraciones Universales de Derechos del Hombre.
Como especialista en Derecho Animal considero que las lesiones que agravan la integridad física y la salud de los toros o las muertes de los mismos, se produzcan en el ámbito que se produzcan, constituyen actualmente un delito de maltrato animal del artículo 337 del Código Penal, puesto que no están justificados. Y animo a la Administración del Estado a que impida la celebración de los espectáculos taurinos puesto que son actividades donde existe un alto riesgo de comisión de delitos.
Francisco Capacete González
Especialista en Derecho Animal
Socio de MAAT Abogados & Asociados