Desde
este domingo día 20 de marzo las puertas de Europa están cerradas
a los refugiados. Los jefes de Estado y de Gobierno de la UE firmaron el
viernes en Bruselas un acuerdo por
el que Turquía se
compromete a aceptar la devolución sistemática de prácticamente todos
los "migrantes irregulares" que lleguen a Grecia desde
su costa, incluyendo a los refugiados.
¿Es legal este acuerdo? ¿Respeta la legislación internacional que protege a los
refugiados?
Cuando
los nacionales de un país se ven forzados a abandonar sus hogares y buscar
protección en otro país, la comunidad internacional interviene para velar por
que sus derechos fundamentales sean respetados. Tras la Segunda Guerra Mundial,
la Asamblea General de las Naciones Unidas estableció el Alto Comisionado de
las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). El mandato del ACNUR es
proteger y buscar soluciones permanentes al problema de los refugiados. Sus
actividades se fundan en un conjunto de normas e instrumentos internacionales,
que incluye la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y los cuatro
Convenios de Ginebra (1949) sobre el derecho internacional humanitario, así
como una multitud de tratados y declaraciones internacionales y regionales que
abordan específicamente las necesidades de los refugiados.
¿Quién
es un refugiado? De conformidad con la Convención de 1951 sobre el Estatuto de
los Refugiados, un refugiado es una persona que: a) tiene fundados temores de ser
perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a
determinado grupo social, u opiniones políticas; b) se encuentra fuera del país
de su nacionalidad y c) no puede o no quiere acogerse a la protección de ese
país, o regresar a él a causa de dichos temores. La Convención de la OUA
(Organización para la Unidad Africana) de 1969, amplía la definición de la
Convención de 1951: Refugiado es toda persona que “debido a agresiones
externas, ocupación, dominación extranjera u otros eventos que alteren
gravemente el orden público en una parte o en la totalidad del territorio del
país de su origen o nacionalidad”, se vea obligada a huir del lugar donde
habitualmente reside. En 1984, un coloquio de representantes de los gobiernos
de América Latina y de eminentes juristas adoptó la Declaración de Cartagena.
Al igual que la Convención de la OUA, la Declaración extiende el ámbito de la
definición consignada en la Convención de 1951 a las personas que han huido de
sus países “porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la
violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la
violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan
perturbado gravemente el orden público”.
La
78ª Conferencia de la Unión Interparlamentaria, celebrada en octubre de 1987
invitó a todos los parlamentos y gobiernos a tomar conciencia de su deber de
proteger a los refugiados y dar acogida a las víctimas de la persecución
política, tal como se define en la Convención sobre el Estatuto de los
Refugiados de 1951. El Comité Ejecutivo del ACNUR reafirma que la Convención de
1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo de 1967 siguen siendo
la base del régimen internacional de los refugiados.
Los
países que han ratificado la Convención de 1951 (entre ellos todos los países
que componen la UE) están obligados a proteger a los refugiados en su
territorio de conformidad con sus disposiciones. La Convención consagra el
derecho de un refugiado a ser protegido de un regreso forzoso, o devolución:
"Ningún Estado Contratante podrá, por expulsión o devolución, poner en
modo alguno a un refugiado en las fronteras de los territorios donde su vida o
su libertad peligre por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a
determinado grupo social, o de sus opiniones políticas." El principio de
no devolución se enuncia también en la Convención contra la Tortura y Otros
Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el IV Convenio de Ginebra de
1949, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración
sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, y
los Principios relativos a una eficaz prevención e investigación de las
ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias. También en la Convención
Europea de Salvaguardia de los Derechos Humanos y de la Libertades
Fundamentales, en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención
sobre los refugiados de la OU, y la Declaración de El Cairo sobre la protección
de los refugiados y los desplazados internos en el mundo árabe. Es ampliamente
reconocido que el principio de no devolución forma parte del derecho
internacional consuetudinario. Esto implica que incluso los Estados que no son
partes en la Convención de 1951 deben respetarlo.
El acuerdo entre la UE y Turquía, si bien en la letra respeta
los derechos de los refugiados porque habla de “migrantes irregulares” y no de
refugiados, en realidad atenta gravemente contra estos derechos porque las
causas de la migración forzada de estas personas son las mismas que las que
describe la legislación internacional sobre los refugiados. Esta estratagema se
llama en Derecho fraude de ley.
En realidad nos encontramos con un acuerdo bilateral para
quitarse un problema de encima. La UE se ha visto desbordada y no ha sabido ser
coherente con las primeras declaraciones que realizó al principio
de la crisis de los refugiados; “Si fueran ustedes, con sus hijos en brazos,
los que vieran cómo el mundo se deshace, no habría muro que no fueran a subir,
no habría mar que no fueran a atravesar o frontera que cruzar para huir de la
guerra o del Estado Islámico. Debemos acoger a los
refugiados en la UE", declaró el presidente de la Comisión
Europea, Jean-Claude Juncker, ante el Parlamento Europeo en septiembre de 2015. Los mandatarios
europeos han pedido a Turquía que le quite la castaña del fuego y el gobierno
de Erdogan ha aprovechado la oportunidad
para sacar tajada: 6.000 millones de euros y la promesa de adherir este país a
la UE. ¡Qué vergüenza que se negocie con los seres humanos! Lo que han hecho la
UE y Turquía es un delito de lesa humanidad llamado trata de personas. Las
decenas de miles de personas que están llegado a Grecia desde mediados de marzo
y las que sigan llegando han sido vendidas por Europa a Turquía por un precio
de 6.000 millones de euros.
Los ciudadanos europeos no nos merecemos esto y por eso esta
tarde os convocamos a todos a concentrarnos en la Plaza de España a las 19 h
para protestar por esta grave falta contra los derechos de los refugiados.
Vamos a encender velas para recordar a todas las familias que arrastran su
miedo y desesperanza por las carreteras de Europa. ¡No faltes, tú también haces
falta!
Francisco Capacete González
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